Dignidad ante todo

Tratamos a cada persona con respeto absoluto, sin excepciones.

Canal de denuncias

Cualquier persona puede reportar conductas indebidas de forma confidencial.

Sin conflictos de interés

Quienes trabajan con nosotros declaran y evitan situaciones de conflicto.

Codigo etico

Principios, conducta y cumplimiento interno

Version 1.0 aprobada por Patronato el 12 de enero de 2026, vigente desde 13 de enero de 2026.

Documento oficial

Consulta el texto completo y los canales de comunicacion etica.

¿Por dónde empezar?

Si es tu primera visita, empieza por Misión y valores (sección 3) para conocer nuestros compromisos fundamentales. Si quieres reportar un problema, ve directamente a Canal Ético y Denuncias (sección 11).

1.1

Nuestra Historia

La Fundación Ámbitos tiene sus raíces en la Asociación Cauces, constituida el 8 de diciembre de 1995 con el propósito de acompañar a personas cuyo itinerario vital les había situado en condiciones de marginación.

El primer proyecto de Cauces se centró en el ámbito carcelario: un piso de estancias breves donde personas excarceladas podían pasar hasta tres meses para estabilizar su situación. En aquella época, más del 90% de las personas encarceladas tenían problemas con las drogas, y el espacio penitenciario no favorecía la rehabilitación.

Con el tiempo, la organización habilitó varios pisos de reinserción para drogodependientes, ofreciendo acompañamiento psicosocial y atención sociosanitaria. En 2011 se abrió un piso tutelado para personas con enfermedad mental grave.

El 24 de abril de 2009, la organización se constituyó formalmente como Fundación Ámbitos (CIF: G85643849), inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Justicia con el nº 2001. El 13 de marzo de 2018, la Fundación obtuvo la Declaración de Utilidad Pública, ampliando su alcance y consolidando su compromiso con la inclusión social y la salud mental en Madrid.

En estos más de 30 años de trayectoria (desde los orígenes de Cauces en 1995), hemos acompañado a miles de personas en su camino hacia la recuperación y la integración social.

1.2

Propósito de este Código

Este Código Ético establece los principios, valores y normas de conducta que guían todas las actuaciones de la Fundación Ámbitos, sus órganos de gobierno, profesionales, voluntarios y colaboradores.

El presente documento tiene como finalidad:

  • Definir la identidad ética de la Fundación
  • Orientar la toma de decisiones
  • Garantizar el respeto a la dignidad de las personas atendidas
  • Asegurar la transparencia y el buen gobierno
  • Prevenir conductas inapropiadas
  • Establecer mecanismos de denuncia y corrección
2.1

Personas Obligadas

Este Código Ético es de obligado cumplimiento para:

  • Patronato y órganos de gobierno de la Fundación
  • Dirección y equipo directivo
  • Personal contratado (psicólogos, terapeutas ocupacionales, educadores, integradores sociales, personal administrativo, etc.)
  • Voluntarios que colaboren con la Fundación
  • Estudiantes en prácticas
  • Proveedores y colaboradores externos en lo que les sea aplicable
2.2

Ámbito Territorial

El presente Código es aplicable en todos los centros, programas y actividades de la Fundación Ámbitos:

Programas y Ubicaciones de Fundación Ámbitos
ProgramaUbicación
Sede Central y Residencia UNICASC/ Belmonte de Tajo, 52-54, 28019 Madrid
Piso Tutelado MENA - 15 de Mayo15 de Mayo, Madrid
Piso Tutelado MENA - VacíamadridRivas-Vacíamadrid, Madrid
EcoÁmbitosMadrid
Radio DiversionesMadrid
Programas DUAL, Casa sobre RocaMadrid
2.3

Ámbito Temporal

Este Código entra en vigor desde su aprobación por el Patronato y permanece vigente hasta su modificación o derogación expresa.

3.1

Misión

Impulsar la inclusión social, la salud mental, la formación y la convivencia desde una mirada integral, acompañando a personas en situación vulnerable hacia su plena integración como ciudadanos activos y protagonistas de su propio cambio.
3.2

Visión

Ser una organización de referencia en Madrid en el acompañamiento integral de personas vulnerables, donde cada persona encuentre el apoyo necesario para construir un proyecto de vida digno, autónomo y con sentido, promoviendo una sociedad más inclusiva, justa y solidaria.
3.3

Valores Fundamentales

Los valores que guían nuestra acción:

Valores Fundamentales de Fundación Ámbitos
ValorDefiniciónManifestación
DIGNIDADReconocimiento del valor inherente de cada personaTrato respetuoso, empleo digno, vivienda digna
ACOMPAÑAMIENTOPresencia cercana y sostenida en el proceso de recuperaciónSeguimiento semanal, apoyo emocional, atención personalizada
INTEGRALIDADAtención a todas las dimensiones de la personaApoyo psicológico + social + laboral + comunitario
INCLUSIÓNParticipación plena en la vida comunitariaIntegración en actividades del barrio, ciudadanía activa
ESPERANZAConfianza en la capacidad de cambio de cada personaFazenda da Esperança, Casa sobre Roca
COMUNIDADConstrucción de vínculos y redes de apoyoConvivencia, vida en común, apoyo mutuo
DIVERSIDADValoración de las diferencias como riquezaRadio Diversiones, voces diversas
AUTONOMÍAPromoción de la independencia y autodeterminaciónFormación laboral, inserción profesional
TRANSPARENCIAActuación clara y rendición de cuentasComunicación abierta, gestión responsable
PROFESIONALIDADExcelencia en la atención y serviciosEquipos cualificados, formación continua
4.1

Principio de Dignidad Humana

Toda persona, independientemente de su situación, condición o circunstancias, posee una dignidad inherente que debe ser respetada en todo momento.

Compromisos:

  • Tratar a cada persona como fin en sí misma, nunca como medio
  • Respetar la autonomía y capacidad de decisión de los beneficiarios
  • Evitar cualquier forma de discriminación, estigmatización o prejuicio
  • Garantizar condiciones de vida dignas en nuestros programas residenciales
4.2

Principio de Beneficencia

Todas nuestras actuaciones deben orientarse al bien de las personas atendidas.

Compromisos:

  • Anteponer el interés de los beneficiarios a cualquier otro interés
  • Proporcionar la mejor atención posible con los recursos disponibles
  • Evaluar continuamente el impacto de nuestras intervenciones
  • Buscar activamente la mejora de la calidad de vida de las personas
4.3

Principio de No Maleficencia

Evitar causar daño a las personas atendidas, directa o indirectamente.

Compromisos:

  • No realizar intervenciones que puedan perjudicar a los beneficiarios
  • Identificar y prevenir riesgos en nuestras actuaciones
  • Actuar con prudencia ante situaciones de incertidumbre
  • Denunciar cualquier práctica que pueda causar daño
4.4

Principio de Autonomía

Respetar y promover la capacidad de autodeterminación de cada persona.

Compromisos:

  • Informar adecuadamente para facilitar decisiones libres
  • Respetar las decisiones de los beneficiarios, incluso cuando no las compartamos
  • Fomentar la participación activa en el proceso de recuperación
  • Evitar actitudes paternalistas o impositivas
4.5

Principio de Justicia

Garantizar un trato equitativo y una distribución justa de recursos.

Compromisos:

  • Aplicar criterios objetivos en la asignación de recursos
  • Evitar favoritismos o discriminaciones
  • Facilitar el acceso a nuestros servicios a quien más lo necesite
  • Promover la justicia social en nuestra actuación
4.6

Principio de Confidencialidad

Proteger la información personal y sensible de los beneficiarios.

Compromisos:

  • Guardar secreto sobre la información conocida en el ejercicio profesional
  • Limitar el acceso a datos personales a quienes lo necesiten
  • Cumplir rigurosamente la normativa de protección de datos
  • No utilizar información personal para fines distintos a los autorizados
4.7

Principio de Responsabilidad

Asumir las consecuencias de nuestras acciones y decisiones.

Compromisos:

  • Actuar con diligencia y profesionalidad
  • Reconocer y corregir errores
  • Rendir cuentas de nuestra gestión
  • Responder ante los grupos de interés
5.1

Poblaciones Atendidas

La Fundación Ámbitos atiende a personas en situación de vulnerabilidad, incluyendo:

  • Personas con enfermedad mental grave
  • Jóvenes en exclusión social
  • Personas con adicciones en proceso de recuperación
  • Menores migrantes no acompañados
  • Personas excarceladas en reinserción
  • Personas en riesgo de exclusión social
5.2

Derechos de los Beneficiarios

Toda persona atendida por la Fundación tiene derecho a:

  1. 1Información: Recibir información clara y comprensible sobre los programas, servicios y su situación
  2. 2Consentimiento: Dar su consentimiento libre e informado antes de cualquier intervención
  3. 3Confidencialidad: Que sus datos personales sean tratados con absoluta reserva
  4. 4Dignidad: Recibir un trato respetuoso y no discriminatorio
  5. 5Participación: Participar activamente en su proceso de recuperación
  6. 6Queja: Presentar quejas y sugerencias sin temor a represalias
  7. 7Acceso: Acceder a su expediente personal
  8. 8Renuncia: Abandonar voluntariamente el programa, salvo limitaciones legales
5.3

Deberes hacia los Beneficiarios

El personal de la Fundación se compromete a:

  • Respetar la dignidad e intimidad de cada persona
  • Mantener una actitud de escucha activa y empatía
  • Proporcionar información veraz y comprensible
  • Respetar las decisiones autónomas del beneficiario
  • Guardar confidencialidad sobre toda información personal
  • Actuar con profesionalidad y competencia
  • Evitar relaciones que comprometan la objetividad profesional
  • Denunciar cualquier situación de maltrato o abuso
5.4

Consentimiento Informado

Antes de iniciar cualquier programa o intervención:

  1. 1Se informará al beneficiario sobre la naturaleza, objetivos y metodología
  2. 2Se explicarán los posibles riesgos y beneficios
  3. 3Se responderán todas las dudas planteadas
  4. 4Se recabará el consentimiento por escrito
  5. 5Se informará del derecho a revocar el consentimiento en cualquier momento
5.5

Situaciones Especiales

Menores de edad:

  • Se requerirá autorización del tutor legal
  • Se escuchará la opinión del menor según su madurez
  • Se priorizará siempre el interés superior del menor

Personas con capacidad modificada:

  • Se respetará el régimen de tutela o curatela establecido
  • Se fomentará la máxima autonomía posible
  • Se informará de forma adaptada a sus capacidades
6.1

Principios de la Relación Laboral

La Fundación Ámbitos se compromete a:

  • Respetar los derechos laborales de todo el personal
  • Proporcionar condiciones de trabajo dignas y seguras
  • Fomentar la igualdad de oportunidades
  • Facilitar la conciliación de la vida laboral, personal y familiar
  • Promover la formación continua y el desarrollo profesional
  • Mantener canales de comunicación abiertos y transparentes
6.2

Selección y Contratación

Los procesos de selección se regirán por:

  • Mérito: Valoración objetiva de competencias y experiencia
  • Capacidad: Adecuación al perfil requerido
  • Igualdad: No discriminación por razón de género, edad, origen, religión, orientación sexual o cualquier otra condición personal
  • Transparencia: Publicidad de las ofertas y criterios de selección
6.3

Deberes de los Profesionales

Todo el personal de la Fundación debe:

  1. 1Conocer y cumplir este Código Ético
  2. 2Actuar con profesionalidad, diligencia y buena fe
  3. 3Respetar la dignidad de beneficiarios, compañeros y terceros
  4. 4Mantener la confidencialidad de la información
  5. 5Evitar conflictos de interés
  6. 6Utilizar los recursos de la Fundación de forma responsable
  7. 7Colaborar en la consecución de los objetivos institucionales
  8. 8Comunicar irregularidades a través de los canales establecidos
  9. 9Formarse continuamente para mejorar su desempeño
6.4

Voluntariado

Los voluntarios de la Fundación:

  • Recibirán formación adecuada antes de iniciar su actividad
  • Serán supervisados por personal profesional
  • Tendrán los mismos deberes éticos que el personal contratado
  • Recibirán certificado de su colaboración
  • Estarán cubiertos por seguro de responsabilidad civil y accidentes
6.5

Estudiantes en Prácticas

Los estudiantes en prácticas:

  • Estarán sujetos a este Código Ético
  • Serán tutorizados por profesionales cualificados
  • No sustituirán a personal contratado
  • Firmarán compromiso de confidencialidad
7.1

Alianzas Estratégicas

La Fundación Ámbitos mantiene alianzas con organizaciones que comparten sus valores:

Aliados Estratégicos de Fundación Ámbitos
AliadoColaboración
Fazenda da EsperançaModelo terapéutico: Trabajo + Convivencia + Espiritualidad
FERMADRed madrileña de atención a adicciones
Asociación CaucesOrganización origen, salud mental y jóvenes
Programa DUALAtención a menores migrantes
Casa sobre RocaComunidad y acompañamiento
7.2

Criterios de Colaboración

La Fundación colaborará únicamente con organizaciones que:

  • Respeten los derechos humanos
  • Compartan valores compatibles con los nuestros
  • Actúen con transparencia y legalidad
  • No participen en actividades contrarias a nuestra misión
7.3

Relación con Proveedores

En la contratación de proveedores se valorará:

  • Calidad y precio de los servicios
  • Cumplimiento de la legislación laboral y fiscal
  • Respeto al medio ambiente
  • Compromiso con la responsabilidad social
  • Ausencia de conflictos de interés
7.4

Relación con Donantes

La Fundación se compromete con sus donantes a:

  • Utilizar las donaciones para los fines indicados
  • Informar del destino de los fondos
  • Emitir certificados de donación
  • No aceptar donaciones de origen ilícito o que comprometan la independencia
  • Respetar la voluntad del donante
7.5

Relación con Administraciones Públicas

La Fundación mantendrá con las Administraciones Públicas una relación basada en:

  • Colaboración leal
  • Cumplimiento de la normativa aplicable
  • Transparencia en la gestión de subvenciones
  • Independencia en la defensa de los derechos de los beneficiarios
8.1

Compromiso con la Privacidad

La Fundación Ámbitos está comprometida con la protección de los datos personales de todas las personas con las que se relaciona, en cumplimiento de:

  • RGPD - Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos
  • LOPDGDD - Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
8.2

Responsable del Tratamiento

Datos del responsable del tratamiento de datos personales:

Responsable del Tratamiento de Datos
CampoDato
ResponsableFUNDACIÓN ÁMBITOS
NIFG85643849
DirecciónCalle Belmonte De Tajo 52-54, 28019 Madrid
Teléfono+34 699 97 42 39
Email de contactogestion@ambitos.social
8.3

Principios del Tratamiento

El tratamiento de datos personales se rige por:

  1. 1Licitud, lealtad y transparencia: Tratamiento legal, leal y transparente
  2. 2Limitación de la finalidad: Solo para fines determinados, explícitos y legítimos
  3. 3Minimización de datos: Solo los datos necesarios para cada finalidad
  4. 4Exactitud: Datos exactos y actualizados
  5. 5Limitación del plazo de conservación: No más tiempo del necesario
  6. 6Integridad y confidencialidad: Seguridad adecuada
8.4

Base Legal del Tratamiento

Los tratamientos de datos se basan en:

  • Consentimiento explícito del interesado (Art. 6.1.a RGPD)
  • Cumplimiento de obligaciones legales (Art. 6.1.c RGPD)
  • Interés legítimo de la Fundación (Art. 6.1.f RGPD)
  • Interés vital del interesado (Art. 6.1.d RGPD) en casos de urgencia
8.5

Derechos de los Interesados

Toda persona puede ejercer ante la Fundación los siguientes derechos:

Derechos de los Interesados (RGPD)
DerechoDescripción
AccesoConocer qué datos personales tratamos
RectificaciónCorregir datos inexactos o incompletos
SupresiónSolicitar la eliminación de sus datos
LimitaciónRestringir el tratamiento de sus datos
PortabilidadRecibir sus datos en formato estructurado
OposiciónOponerse al tratamiento de sus datos

Para ejercer estos derechos

Contactar a gestion@ambitos.social

gestion@ambitos.social
8.6

Conservación de Datos

Los datos personales se conservarán:

  • Durante el tiempo necesario para la finalidad del tratamiento
  • Mientras existan obligaciones legales que exijan su custodia
  • Posteriormente serán eliminados mediante medidas de seguridad apropiadas que garanticen su anonimización o destrucción completa
8.7

Comunicación a Terceros

No se comunicarán datos personales a terceros, excepto:

  • Cuando sea necesario para la ejecución del tratamiento
  • A fuerzas de seguridad y órganos judiciales cuando sea requerido
  • A proveedores de servicios bajo acuerdos de confidencialidad
8.8

Medidas de Seguridad

La Fundación implementa medidas técnicas y organizativas para garantizar:

  • La confidencialidad de los datos
  • La integridad de la información
  • La disponibilidad de los sistemas
  • La resiliencia de los tratamientos
8.9

Especial Protección de Datos de Salud

Los datos relativos a la salud de los beneficiarios (Art. 9 RGPD) reciben una protección reforzada:

  • Acceso restringido al personal autorizado
  • Cifrado en su almacenamiento y transmisión
  • Anonimización en estudios e informes agregados
  • Conservación según plazos legales sanitarios
9.1

Comportamientos Esperados

Se espera de todas las personas vinculadas a la Fundación Ámbitos:

En relación con los beneficiarios:

  • Tratar a cada persona con respeto, dignidad y empatía
  • Mantener una actitud de escucha activa y comprensión
  • Utilizar un lenguaje respetuoso, evitando términos estigmatizantes
  • Respetar los tiempos y procesos individuales de cada persona
  • Fomentar la autonomía y la toma de decisiones propias
  • Mantener los límites profesionales adecuados en todo momento
9.2

Comportamientos Prohibidos

Quedan expresamente prohibidos los siguientes comportamientos:

Maltrato y abuso:

  • Cualquier forma de maltrato físico, psicológico o verbal
  • El abuso de poder o autoridad
  • La negligencia en el cuidado de las personas atendidas
  • Las conductas que atenten contra la dignidad de las personas
  • El uso de contención física salvo en situaciones de riesgo vital y conforme a protocolo

Discriminación:

  • Discriminar por razón de género, edad, origen étnico, religión, orientación sexual, discapacidad o cualquier otra condición personal
  • Realizar comentarios despectivos o humillantes
  • Excluir a personas de actividades sin justificación objetiva
  • Aplicar criterios diferentes ante situaciones similares

Acoso:

  • Acoso laboral (mobbing) en cualquiera de sus formas
  • Acoso sexual o por razón de sexo
  • Intimidación o amenazas
  • Crear un ambiente hostil o degradante

Violación de confidencialidad:

  • Divulgar información personal de beneficiarios sin autorización
  • Acceder a datos personales sin necesidad profesional
  • Comentar casos fuera del contexto profesional
  • Fotografiar o grabar a beneficiarios sin consentimiento

Uso indebido de recursos:

  • Apropiarse de bienes de la Fundación o de los beneficiarios
  • Utilizar recursos para fines personales
  • Realizar actividades privadas en horario laboral
  • Falsificar documentos o registros

Otras conductas graves:

  • Acudir al trabajo bajo los efectos de alcohol o drogas
  • Mantener relaciones sentimentales con beneficiarios
  • Aceptar regalos o dinero de beneficiarios o familiares
  • Incumplir las medidas de seguridad y prevención de riesgos
  • Realizar actividades que compitan con la Fundación
9.3

Uso de Redes Sociales

Principios generales:

  • La presencia en redes sociales debe ser coherente con los valores de la Fundación
  • Se distinguirá claramente entre comunicación institucional y personal
  • Se respetará la confidencialidad de beneficiarios, compañeros y procesos internos

Publicación de imágenes:

  • Queda prohibido publicar imágenes de beneficiarios sin su consentimiento expreso por escrito
  • Las imágenes institucionales solo podrán publicarse en canales oficiales
  • Se evitará la identificación de personas vulnerables en publicaciones personales

Comunicación institucional:

  • Solo las personas autorizadas pueden publicar en nombre de la Fundación
  • Los canales oficiales son: web ambitos.social, redes oficiales y Radio Diversiones
  • Toda comunicación institucional debe ser aprobada por Dirección
9.4

Regalos y Atenciones

Principio general: Ninguna persona vinculada a la Fundación podrá solicitar ni aceptar regalos, favores o atenciones que puedan comprometer su independencia o crear obligaciones implícitas.

Límites establecidos:

  • Se prohíbe aceptar dinero en efectivo en cualquier cuantía
  • Se permiten obsequios promocionales de escaso valor (máximo 50€)
  • Las invitaciones a eventos deben tener carácter profesional y ser comunicadas a Dirección
  • Los regalos de beneficiarios o familiares deben rechazarse cortésmente, explicando la política de la Fundación

Excepciones:

  • Regalos simbólicos en fechas señaladas (Navidad, fin de estancia) de valor inferior a 30€
  • Obsequios de cortesía que no puedan rechazarse sin causar ofensa, que deberán comunicarse
Política de Regalos y Atenciones
TipoLímiteAcción requerida
Dinero en efectivoProhibidoRechazar siempre
Obsequios promocionalesHasta 50€Permitido
Regalos de beneficiariosHasta 30€Aceptar con prudencia, comunicar
Regalos superioresMás de 50€Rechazar o entregar a la Fundación
Invitaciones a eventosProfesionalesComunicar a Dirección
Comidas de trabajoRazonablesPermitido
10.1

Definición

Un conflicto de interés se produce cuando una persona vinculada a la Fundación tiene intereses personales, familiares, profesionales o económicos que podrían interferir con su capacidad para actuar de manera objetiva e imparcial en el desempeño de sus funciones.

Tipos de Conflictos de Interés
TipoDescripción
DirectoLa persona tiene un interés personal inmediato en el asunto
IndirectoUn familiar o persona cercana tiene el interés
ActualEl conflicto existe en el momento presente
PotencialEl conflicto podría producirse en el futuro
AparenteAunque no exista conflicto real, puede percibirse como tal
10.2

Situaciones de Conflicto

Se consideran situaciones de conflicto de interés, entre otras:

Relaciones personales:

  • Tener relación de parentesco o afinidad (hasta 4º grado) con beneficiarios
  • Mantener relación sentimental con beneficiarios, familiares o compañeros bajo supervisión
  • Intervenir en decisiones que afecten a amigos cercanos

Intereses económicos:

  • Tener participación económica en empresas proveedoras de la Fundación
  • Realizar trabajos remunerados para proveedores o entidades colaboradoras
  • Recibir préstamos o beneficios económicos de personas relacionadas con la Fundación

Actividades externas:

  • Desempeñar cargos en organizaciones que compitan con la Fundación
  • Realizar actividades profesionales que interfieran con las funciones
  • Participar en órganos de decisión de entidades con las que la Fundación tenga relación

Información privilegiada:

  • Utilizar información obtenida en el ejercicio de funciones para beneficio propio
  • Revelar información confidencial a terceros que puedan beneficiarse
10.3

Obligación de Declaración

Momento de la declaración:

  • Al incorporarse a la Fundación (declaración inicial)
  • Cuando surja una nueva situación de conflicto (declaración sobrevenida)
  • Anualmente, mediante actualización de la declaración (patronos y directivos)
  • Antes de participar en cualquier decisión que pueda afectarle

Procedimiento:

  1. Cumplimentar el formulario de declaración (Anexo III)
  2. Presentarlo ante la Dirección (personal) o el Patronato (patronos)
  3. Recibir acuse de recibo
  4. Esperar instrucciones sobre las medidas a adoptar

Consecuencias de no declarar:

El incumplimiento de la obligación de declarar un conflicto de interés constituirá una infracción grave, pudiendo derivar en las sanciones correspondientes según el régimen sancionador de este Código.

10.4

Gestión de Conflictos

Medidas de mitigación:

  • Abstención: Apartarse de las decisiones relacionadas con el conflicto
  • Supervisión reforzada: Actuación bajo supervisión directa de otra persona
  • Reasignación: Cambio de funciones o responsabilidades
  • Separación temporal: Cuando el conflicto sea grave y no pueda mitigarse de otra forma
11.1

Objeto del Canal Ético

La Fundación Ámbitos establece un Canal Ético como mecanismo interno para la comunicación de conductas que puedan constituir incumplimientos de este Código Ético, de la normativa interna o de la legislación aplicable.

Finalidad:

  • Detectar y prevenir conductas irregulares
  • Facilitar la comunicación de incumplimientos de forma segura
  • Promover una cultura de cumplimiento y transparencia
  • Proteger a las personas que comunican de buena fe

Conductas denunciables:

  • Incumplimientos de este Código Ético
  • Conductas que puedan constituir delito
  • Irregularidades contables o financieras
  • Maltrato o abuso hacia beneficiarios
  • Acoso laboral o sexual
  • Discriminación
  • Conflictos de interés no declarados
  • Uso indebido de recursos
  • Cualquier conducta contraria a los valores de la Fundación

Quién puede comunicar: Cualquier persona vinculada a la Fundación (patronos, directivos, empleados, voluntarios, estudiantes en prácticas) o terceros que tengan conocimiento de hechos relevantes (proveedores, colaboradores, beneficiarios, familiares).

11.2

Vías de Comunicación

Canales disponibles para comunicar irregularidades:

  • Email: etica@ambitos.social (Canal preferente)
  • Buzón físico: Buzón del Canal Ético en la sede (C/ Belmonte de Tajo, 52-54)
  • Atención presencial: Solicitar entrevista confidencial con el Responsable del Canal Ético

  • Persona responsable: La Responsable del Canal Ético es María Josefa Fernández López, Secretaria del Patronato de la Fundación, quien ejerce estas funciones por delegación del Patronato dada su reconocida independencia e imparcialidad en el desempeño de su cargo.

Canal preferente - Email

Buzón del Canal Ético ubicado en la sede de la Fundación (C/ Belmonte de Tajo, 52-54), de acceso confidencial. También disponible comunicación presencial solicitando entrevista confidencial con el Responsable del Canal Ético.

etica@ambitos.social
11.3

Garantías del Denunciante

Confidencialidad:

  • La identidad del comunicante será tratada con absoluta reserva
  • Solo tendrán acceso a ella las personas estrictamente necesarias para la investigación
  • Se adoptarán medidas técnicas y organizativas para garantizar la confidencialidad

Protección frente a represalias:

  • Queda prohibida cualquier forma de represalia contra quien comunique de buena fe
  • Se consideran represalias: despido, no renovación, cambio de funciones, acoso, discriminación
  • Las represalias constituirán infracción muy grave

Posibilidad de comunicación anónima:

  • Se admiten comunicaciones anónimas
  • Las comunicaciones anónimas recibirán el mismo tratamiento que las identificadas
  • Se recomienda, no obstante, la identificación para facilitar la investigación

Información al comunicante:

  • Acuse de recibo en un plazo máximo de 7 días
  • Información sobre la admisión a trámite
  • Comunicación de la resolución final (sin revelar datos del investigado)
11.4

Procedimiento de Investigación

1. Recepción y registro (1-7 días)

  • Recepción de la comunicación
  • Registro en el libro de comunicaciones (confidencial)
  • Acuse de recibo al comunicante

2. Admisión a trámite (7-15 días)

  • Análisis preliminar de la comunicación
  • Decisión sobre admisión a trámite
  • Comunicación al comunicante de la decisión
  • Inadmisión motivada si no hay indicios suficientes o es manifiestamente infundada

3. Investigación (15-60 días)

  • Designación de instructor imparcial
  • Recopilación de información y pruebas
  • Entrevistas con testigos si procede
  • Elaboración de informe de investigación

4. Audiencia al investigado

  • Comunicación de los hechos investigados
  • Plazo de 10 días para presentar alegaciones
  • Respeto a la presunción de inocencia
  • Derecho a asistencia

5. Resolución (máximo 90 días desde la comunicación)

  • Propuesta de resolución por el instructor
  • Decisión por el órgano competente
  • Comunicación al comunicante y al investigado
  • Archivo o apertura de procedimiento sancionador
11.5

Denuncias de Mala Fe

Consecuencias:

Las comunicaciones realizadas de mala fe, con conocimiento de su falsedad o con temerario desprecio a la verdad, constituirán infracción grave o muy grave, pudiendo dar lugar a:

  • Sanciones disciplinarias
  • Responsabilidad por los daños causados
  • En su caso, denuncia ante las autoridades competentes

Protección del investigado:

  • El investigado tiene derecho a la presunción de inocencia
  • Se garantizará su honra y dignidad durante el proceso
  • En caso de archivo, se adoptarán medidas para restaurar su reputación si hubiera sido afectada
  • Derecho a conocer el contenido de la denuncia (salvo datos del denunciante)
12.1

Principios del Régimen Sancionador

El régimen sancionador se rige por los siguientes principios:

  • Principio de legalidad: Solo podrán sancionarse las conductas tipificadas en este Código o en la normativa aplicable.
  • Principio de tipicidad: Las infracciones y sanciones estarán claramente definidas, sin que quepa la interpretación extensiva o analógica.
  • Principio de proporcionalidad: La sanción será adecuada a la gravedad de la infracción, considerando las circunstancias concurrentes.
  • Principio de presunción de inocencia: Toda persona se considerará inocente hasta que se demuestre lo contrario.
  • Derecho de defensa: El investigado tendrá derecho a conocer los cargos, presentar alegaciones, proponer pruebas y ser asistido.
  • Principio non bis in idem: Nadie podrá ser sancionado dos veces por los mismos hechos.
12.2

Clasificación de Infracciones

INFRACCIONES LEVES:

  • Incumplimientos puntuales de normas internas sin perjuicio a terceros
  • Falta de puntualidad reiterada sin justificación
  • Descuidos en el cuidado de instalaciones o materiales
  • Uso inadecuado pero no grave de recursos de la Fundación
  • Falta de colaboración ocasional con compañeros
  • Incumplimiento de obligaciones formales de escasa relevancia

INFRACCIONES GRAVES:

  • Reiteración de infracciones leves (3 o más en 12 meses)
  • Trato irrespetuoso hacia beneficiarios, compañeros o terceros
  • Incumplimiento del deber de confidencialidad sin perjuicio grave
  • No declarar conflictos de interés cuando exista obligación
  • Negligencia en el desempeño de funciones que cause perjuicio
  • Uso indebido de recursos de la Fundación con perjuicio económico moderado
  • Incumplimiento de las instrucciones de superiores sin justificación
  • Realizar comunicaciones de mala fe al Canal Ético
  • Faltas de asistencia injustificadas (3 o más días en un mes)

INFRACCIONES MUY GRAVES:

  • Reiteración de infracciones graves (2 o más en 12 meses)
  • Maltrato físico, psicológico o verbal a beneficiarios
  • Abuso de personas especialmente vulnerables
  • Acoso laboral o sexual
  • Discriminación grave por cualquier condición personal
  • Violación grave del deber de confidencialidad
  • Apropiación indebida de bienes de la Fundación o de beneficiarios
  • Falsificación de documentos o registros
  • Acudir al trabajo bajo efectos de alcohol o drogas
  • Relaciones sentimentales con beneficiarios
  • Aceptación de sobornos o dádivas que comprometan la independencia
  • Represalias contra quien haya comunicado irregularidades de buena fe
  • Conductas que constituyan delito
12.3

Sanciones

Para INFRACCIONES LEVES:

  • Amonestación verbal
  • Amonestación escrita

Para INFRACCIONES GRAVES:

  • Amonestación escrita con constancia en expediente
  • Suspensión de empleo y sueldo de 1 a 15 días
  • Inhabilitación para promoción durante 1 año

Para INFRACCIONES MUY GRAVES:

  • Suspensión de empleo y sueldo de 16 a 60 días
  • Inhabilitación para promoción durante 2 años
  • Despido disciplinario
  • Cese de la relación (voluntarios, estudiantes, colaboradores)
  • Comunicación a autoridades competentes si los hechos pudieran ser constitutivos de delito

Criterios de graduación:

  • Intencionalidad
  • Reincidencia
  • Perjuicio causado
  • Posición en la organización
  • Arrepentimiento y colaboración
  • Circunstancias personales
12.4

Procedimiento Sancionador

Órgano competente:

  • Infracciones leves: Dirección
  • Infracciones graves: Dirección, con comunicación al Patronato
  • Infracciones muy graves: Patronato, a propuesta de Dirección

Prescripción:

  • Infracciones leves: 10 días
  • Infracciones graves: 20 días
  • Infracciones muy graves: 60 días
  • (desde que la Fundación tuvo conocimiento de los hechos)
13.1

Entrada en Vigor

El presente Código Ético entrará en vigor el día siguiente a su aprobación por el Patronato de la Fundación Ámbitos.

Fecha de aprobación: 12 de enero de 2026

13.2

Difusión

El Código Ético será difundido mediante:

  • Publicación en la página web de la Fundación
  • Entrega a todo el personal en el momento de su incorporación
  • Entrega a voluntarios antes de iniciar su colaboración
  • Comunicación a proveedores y colaboradores
  • Exposición en los centros de la Fundación
13.3

Formación

La Fundación organizará acciones formativas para:

  • Dar a conocer el contenido del Código
  • Resolver dudas sobre su aplicación
  • Sensibilizar sobre la importancia de la ética
  • Actualizar conocimientos tras modificaciones
13.4

Revisión y Actualización

El Código Ético será revisado:

  • Ordinariamente: Cada 3 años
  • Extraordinariamente: Cuando se produzcan cambios normativos significativos o circunstancias que lo aconsejen
13.5

Órgano de Supervisión - Comité de Ética

Se crea el Comité de Ética como órgano de supervisión del cumplimiento de este Código.

Composición:

El Comité de Ética está constituido por los miembros del Patronato de la Fundación:

  • Pedro Pablo Herraiz Domingo (Presidente)
  • María Josefa Fernández López (Secretaria)
  • Jorge de Dompablo y Bernaldo de Quirós (Vocal)
  • Rodrigo Pérez-Bustamante Queipo de Llano (Vocal)
  • Mariano Plaza Fresnillo (Vocal)

Funciones:

  • Velar por el cumplimiento del Código Ético
  • Resolver las consultas sobre su interpretación
  • Supervisar el funcionamiento del Canal Ético
  • Proponer actualizaciones del Código al Patronato
  • Elaborar informe anual sobre cumplimiento ético
  • Promover la formación ética en la organización
13.6

Interpretación

Las dudas sobre la interpretación de este Código serán resueltas por el Comité de Ética, cuyas decisiones serán vinculantes. En caso de urgencia, podrá resolver la Dirección, dando cuenta al Comité en su siguiente reunión.

Anexos

Formularios y anexos operativos

Material complementario para compromiso, canal de denuncias y conflicto de interes.

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